El Testamento: Todo lo que necesitas saber

De acuerdo con el Colegio de Notarios de la Ciudad de México: Un testamento es la única forma legal, segura y eficaz para que cuando una persona fallece sus bienes y derechos vayan a quien ella decida. En algunos estados del país, el testamento se puede hacer a partir de los 16 años de edad, aunque lo más recomendable es hacerlo cuando se cumple la mayoría de edad.

Si estás pensando en tramitar uno o quieres saber más información, aquí te dejamos todos los puntos necesarios para aclarar cualquier duda. Recuerda que en estos casos siempre es mejor optar por la asesoría de un abogado familiar.

¿Qué contiene un testamento?

Es decisión del testador o autor del testamento delegar para quiénes serán todos sus bienes materiales. Servicios e incluso deudas, los elementos que puede contener son:

  • A quién recomendará para el cuidado y educación de sus hijos menores e incluso mascotas: se le conocerá como el tutor. Esta tutela dejará de tener validez una vez que los hijos cumplan la mayoría de edad.
  • En caso de que el Tutor fallezca o no pueda ejercer tu voluntad, se nombra a un sustituto.
  • Se designa a un Curador, quién vigilará al Tutor para que este desempeñe bien su cargo.
  • Se puede incluir el dejar una pensión alimenticia para una persona especial, dependiendo de las condiciones de la persona.

¿Qué cosas se pueden heredar?

Todos los bienes tangibles e intangibles se pueden heredar, como son: joyas, automóviles, ropa, muebles, obras de arte, derechos de uso exclusivo de una marca registrada, dinero, es decir. Todas las pertenencias que haya acumulado la persona. La deudas se pueden heredar, más información. Leer Aquí.

¿Cuáles son los tipos de testamento?

Los tipos de testamento en México se dividen en dos rubros, Especiales y Ordinarios, los cuales son:

Testamento Especial

MARÍTIMO: Solo lo pueden realizar las personas que se encuentren en alta mar, a bordo de navíos de la Marina Nacional. Se tiene que redactar en presencia de dos testigos y el capitán.

PRIVADO: El testador lo puede hacer en casos graves o enfermedad violenta, cuando no pueda hacer otro tipo de testamento o acudir ante el notario público o un juez. Si el testador recupera su salud o desaparece el peligro en el que se encuentra, el testamento se invalidará.

HECHO EN EL EXTRANJERO: Son aquellos realizados fuera del territorio nacional, tendrán validez en el Distrito Federal. Siempre y cuando hayan sido elaborados de acuerdo a las leyes del país.

MILITAR: Se ejecuta cuando el militar o el asimilado del Ejército está a punto de entrar en acción de guerra. O se encuentra herido en el campo de batalla. Basta con que declare su voluntad ante dos testigos, o que entregue a los mismos el documento cerrado con su última voluntad. Firmado de su puño y letra.

AGRARIO O LISTA DE SUCESORES: El ejidatario o comunero, designa en una lista a la persona que ocupará la tenencia de la tierra, cuando el comunero fallezca. Tiene que ser inscrito en el Registro Agrario Nacional.

Testamento Ordinario:

PÚBLICO ABIERTO: Es uno de los más comunes, este se elabora ante un notario público quién lo redacta, da fe y legaliza el testamento.

PÚBLICO CERRADO: Puede ser escrito por el testador o por otra persona que elija. El papel en que esté escrito el testamento o el sobre que lo contenga, deberá estar cerrado y sellado. O solicitará que sea cerrado y sellado en su presencia, y lo exhibirá al notario ante 2 o 3 testigos.

PÚBLICO SIMPLIFICADO: Es aquel que se elabora en la misma escritura de adquisición de un inmueble que vaya a destinarse a su vivienda y se establecen a los herederos. Esta disposición se realiza ante Notario Público.

OLÓGRAFO: Escrito con el puño y letra del testador. Los testamentos ológrafos no tendrán validez si no están depositados ante el archivo de notarías.

¿Qué es el albacea y por qué es necesaria?

Es la persona designada por el testador con capacidad de ejercicio y qué será el responsable de presentar ante el Notario el acta de defunción y el testamento de la persona. También es el defensor de la administración y ejecución del testamento, asegurando que todo se lleve a cabo conforme a su última voluntad.

Si el testador no designa albacea, los herederos podrán elegirlo por mayoría de votos, si no lo pueden elegir ellos el juez será el que lo designe. Para saber cuáles son los requisitos para tramitar un testamento. Clic Aquí.

Elección de herederos

No es obligatorio que los herederos sean familiares, el testador es libre de designar a los responsables de sus bienes, siempre y cuando estos tengan la capacidad de heredar. Es decir, que no sean menores de edad, sean sospechosos o hayan sido condenados por la muerte del testador. Aquellos que hayan tenido la obligación de cuidar y velar el previo a su muerte y no la hubieren cumplido, entre otros.

Las personas extranjeras que residan en México, pero no tengan aún la nacionalidad, no pueden heredar ningún bien. A excepción de que las leyes de su país no prohíban testar o dejar por intestado sus bienes a favor de mexicanos.

Para leer más a fondo este punto te recomendamos consultar la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y las leyes reglamentarias de los artículos constitucionales.

Si el heredero fallece antes que el testador, el testamento se deberá modificar o en todo caso se repartirá la porción que le tocaba con los demás herederos.

¿Cuánto cuesta hacer un testamento?

Según la entidad federativa, el precio del testamento puede variar, en la Ciudad de México tienen un precio de $ 2,250.00, en el Estado de México de $ 1,950.00. Para personas menores de 60 años y a las de la tercera edad en $950.00 pesos y en otros estados van desde los mil hasta los tres mil pesos. Recuerda que Septiembre es el mes del Testamento, en donde los precios pueden bajar hasta un 50 % dependiendo la entidad.

Para elaborar tu testamento solamente necesitas una identificación oficial con fotografía, acudir ante un notario público y reservar una hora de tu tiempo para rendir tu testimonio.

Si tienes más dudas o buscas la asesoría de un notario, te dejamos los siguientes contactos: Información del Gobierno de México. Clic Aquí. Colegio de Notarios, Clic Aquí.