La eutanasia en México

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS) la eutanasia se define cómo: “acción del médico que provoca deliberadamente la muerte del paciente“.

Las opiniones positivas y negativas alrededor de la legalización de la eutanasia en México se contraponen constantemente. Pues hay una serie de variantes a tomar en cuenta, como la religión. Las condiciones en las que debe ser realizada, la demanda, opinión de los familiares, etc.

La palabra eutanasia tiene su origen del griego eu, que significa bueno y thanatos, thanos, hacen referencia al Dios de la Muerte, es decir, buena muerte.

La perspectiva en el país

En México, de acuerdo a lo estipulado en la Ley General de Salud, artículo 161 apartado 21 “Queda prohibida la práctica de la eutanasia. Entendida como homicidio por piedad, así como el suicidio asistido, conforme lo señala el Código Penal Federal, bajo el amparo de esta ley.”

Hasta la fecha sigue siendo un tema polémico que se encuentra en debate. Pues según una encuesta realizada por el Centro de Opinión Púbica de la Universidad del Valle de México en el 2020, el 72 % de los mexicanos cree que la eutanasia debería ser legalizada, el 14 % opina lo contrario y el 14 % prefirió mantenerse neutral al respecto. 

Sin embargo, sobre la muerte asistida opinaron que el 52 % votó a favor y el 32 % en contra.

¿Ignorancia o necesidad?

Uno de los principales retos que el Sistema de Salud en México, tendría que enfrentar si la eutanasia llegara a ser legalizada, es el abastecimiento de materiales para el procedimiento médico. Definido en términos de personal especializado y con licencia para realizar el procedimiento, tecnología e insumos necesarios para satisfacer la demanda que se generararia y sobre todo la determinación del rango de edad a quién sería aplicado. 

No precisamente la eutanasia debería ser dirigida a adultos mayores o personas de mediana edad con enfermedades terminales. Pues, también hay niños con enfermedades degenerativas que si bien puede existir la posibilidad de que con el tratamiento adecuado salgan adelante. También está el lado contrario sumado al dolor físico y emocional al que se enfrentan.

El tabú de la muerte en nuestro país sigue siendo lo suficientemente fuerte como para involucrar temas religiosos por sobre los tratamientos médicos. Pues la opinión de la iglesia Católica (hasta cierto punto extremista) determina que la enfermedad puede ser curada con la ayuda de Dios. Por otro lado la religión Judia también tiene ciertos dogmas que seguir. Consultar Aquí.

Los argumentos positivos y negativos sobre el tema seguirán creciendo, mismos que han determinado que aún no se pueda practicar legalmente este proceso. A diferencia de otros países como Bélgica, Luxemburgo, Colombia, Canadá, Nueva Zelanda, España y Países Bajos.

Una de las soluciones por las que ha optado el Gobierno para suplantar la eutanasia respetando los deseos de pacientes y familiares es la Ley de Voluntad Anticipada: El derecho a una muerte digna.

Ley de Voluntad Anticipada: El derecho a una muerte digna

Diferentes, pero con el mismo fin, la Ley de Voluntad Anticipada se define como: la suspensión de procedimientos médicos que busquen prolongar la vida del paciente. Pero que al mismo tiempo le produzcan dolor e inestabilidad emocional. Sustituyéndolo así, por cuidados paliativos que protejan la dignidad de la persona y funcionen como un placebo sin el objetivo de curar y alargar su vida.

Sin embargo, de acuerdo con el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores. No es necesario estar enfermo o sufrir un accidente para firmar la voluntad anticipada.

Según el Dr. Alfonso Reyes, (Q.E.P.D.),Director y Fundador de la Asociación Mexicana de Tanatología A.C. Define a la tanatología y la eutanasia como dos ramas totalmente opuestas, pues en la eutanasia se provoca la muerte en cuestión de minutos. Mientras que la tanatología, habla de una relación con la aceptación de una muerte adecuada y digna. Con cuidados paliativos que buscan aliviar el dolor físico y emocional del paciente. Sin el objetivo de curar la enfermedad.

Existen una serie de pasos, documentos y cuotas que pagar en caso de que el paciente y sus familiares opten por los cuidados paliativos. Sin embargo, la ley menciona el personal médico podrá negar a llevar a cabo la voluntad del enfermo si este se niega por creencias religiosas o convicciones personales, a llevar el tratamiento.

En este caso, es obligación de la Secretaría de Salud vigilar que en las instituciones médicas privadas y públicas exista personal dispuesto a cumplir con la voluntad señalada en términos de Ley.

Para leer más información al respecto, te dejamos el siguiente enlace: Gobierno de México: Ley de Voluntad Anticipada. Clic Aquí.

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